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Viviendas heredadas y las modificaciones sobre el impuesto de sucesiones

Viviendas heredadas y las modificaciones sobre el impuesto de sucesiones

La pandemia ha traído consigo dolor y sufrimiento. Más allá de las pérdidas, muchos de los miles de fallecidos por coronavirus eran propietarios de viviendas. Las cifras de desaparecidos han sido tan elevadas que la inscripción en los Registros de la Propiedad de las viviendas heredadas ha batido récord. Un triste récord.

Según el Instituto Nacional de Estadística, en los primeros meses de 2021 se han contabilizado más de 85.000 transmisiones de la propiedad de viviendas por herencias en toda España. Se trata de la cifra más alta registrada desde que se comenzaron a registrar estos datos.

Este aumento de herencias se ha producido en vísperas de importantes modificaciones sobre el Impuesto de Sucesiones. La Ley antifraude fiscal publicada en el BOE traerá importantes cambios en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones a partir de 2022 ¿Quieres saber más sobre esto y sobre cómo puede afectarte? Sigue leyendo …

La Ley antifraude fiscal, cambiará por completo el tributo que pagan los contribuyentes que heredan un inmueble. Entrará en vigor en enero de 2022, afectando a todas las herencias que se produzcan a partir de esta fecha.

En principio, que no cunda el pánico… ¡no tiene carácter retroactivo!

¿Quién decide el valor del inmueble heredado?

Los cambios en la ley afectan principalmente en cómo se valoran los bienes heredados y/o donados. El valor de mercado de la propiedad será calculado a partir de “otros” precios de transacciones de inmuebles, no hará falta visitar el inmueble ni saber su estado, ni si está reformado…etc.

El nuevo valor, se generará en diciembre de cada año según la información facilitada por Notarios y Registradores, afectando al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y al ITP (impuesto que se paga al comprar una vivienda usada).

Si el contribuyente no está de acuerdo con ese valor, tendrá que ser él el que tenga que demostrar que el valor de referencia del Catastro no se corresponde con el valor de mercado.

La diferencia entre el antes y el después es fundamental: antes la administración era la que estaba obligada a probar que el valor por el que había tributado el contribuyente no era el valor real del inmueble.

Cuando se determina que el valor de una casa heredada o vendida es superior al precio de escritura la administración nos puede sorprender con una “liquidación complementaria por comprobación de valores» que suele venir acompañada de intereses de demora.

Cómo se debe actuar hasta que entre en vigor el nuevo valor de referencia de Catastro

Durante este 2021, las valoraciones tendrán que hacerse como hasta ahora. La nueva norma prevé que la base imponible será el valor de referencia del catastro, pero éste, no estará vigente hasta 2022.

Cuando no exista valor de referencia o este no pueda ser certificado por la Dirección General del Catastro, como es el caso actual, la base imponible, será la mayor de las siguientes magnitudes: el valor declarado por los interesados o el valor de mercado.

Si hubiera cualquier problema, se pueden usar los medios previstos en la Ley General Tributaria. Y podrán ser impugnadas por los contribuyentes, como hasta ahora. Se podría alegar que los métodos utilizados no son adecuados para obtener el valor de mercado del inmueble. Incluso criticando la falta de visita del perito al inmueble, o la utilización de un medio como el de tasación hipotecaria, denigrado por diversos Tribunales Superiores de Justicia.

Modificaciones sobre el Impuesto de Sucesiones según el lugar dónde se herede

Los datos recogidos por el instituto Nacional de Estadística sitúan a Cataluña como la región donde se han producido más herencias de viviendas. Le siguen de cerca Andalucía; Madrid y Comunidad Valenciana.

En esta Ley Antifraude Fiscal surge una cierta modificación en función de dónde se hereda:

  • Herencia de no residente en España. La normativa que se aplica es la de la Comunidad Autónoma donde se encuentra el bien con mayor valor de sucesión.
  • Herencia en España, pero heredero en el extranjero. Rige la normativa autonómica de la región donde residía el fallecido.
  • Herencia fuera de España, pero herederos en España. De acuerdo a lo que establezca la Comunidad Autónoma donde residan los beneficiarios se pagará el impuesto correspondiente.

Trámites burocráticos relativos a las herencias

A muchas personas los trámites burocráticos (el temido papeleo) les agobia.  Los trámites de una herencia se suelen desarrollar en una notaría, después de haber pasado por un despacho de abogados o una gestoría.

Algunas agencias inmobiliarias, como es el caso de Itályca, también se ocupan de este tipo de gestiones. Debes tener cuidado a quién le encargas estas gestiones. Si te animas a que sea una agencia, comprueba que sea seria, solvente y que esté capacitada para dicha gestión.

Existen dos aspectos que pueden agilizar o demorar los procesos de venta de una vivienda heredada:

  1. Que exista o no testamento
  2. Que exista consenso entre los herederos

Para poder traspasar el inmueble es necesario que todos los herederos estén de acuerdo. Si no lo estuvieran una alternativa sería comprar la parte correspondiente o acudir a la vía judicial.

La negociación es fundamental para evitar la subasta pública de la propiedad.

Una herencia siempre viene con impuestos y gastos

Conviene tener muy presente que toda herencia implica una serie de gastos e impuestos. Algunas personas incluso rechazan su herencia ante la imposibilidad de hacer frente a este aspecto:

  • Impuesto de sucesiones:

Se trata de un impuesto para la transmisión de bienes y derechos entre las personas físicas. No tiene una cuantía fija ya que depende de cuánto se hereda. El impuesto va del 7,6% al 34%, según cada comunidad. Depende de la valoración de la casa, y sobre ese valor se aplica la escala del impuesto. Recientemente, el gobierno andaluz aprobó un Decreto Ley que rebajaba el tipo general del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD). Te lo contamos en nuestro blog. Si no lo leíste, puedes hacerlo AQUÍ. Para el abono del impuesto de sucesiones los herederos tienen un margen de seis meses desde el momento del fallecimiento, prorrogables por el mismo tiempo y un coste adicional.

  • Plusvalía municipal:

Se abona siempre que hay un cambio de titularidad de un inmueble y grava el incremento de valor cuando se produce una transmisión. Esta plusvalía se calcula en base al valor catastral. Se paga en el ayuntamiento de la localidad donde esté situada la vivienda, con un plazo de seis meses para su desembolso. Si no pagas esta plusvalía te arriesgas a sanciones bastante importantes.

  • Otros gastos:

Los gastos adicionales que deben asumir los herederos son principalmente la notaría, los gastos fiscales o el Registro de la Propiedad. Si hay varios herederos, estos gastos se reparten teniendo en cuenta el testamento. Otro aspecto importante en la cuestión de los gastos es el grado de parentesco del heredero con el fallecido que puede posibilitar reducciones en algunos de estos costes dependiendo de la comunidad autónoma.

  • Más gastos:

Como cualquier inmueble o propiedad, la vivienda heredada tiene otros gastos que podíamos denominar como “corrientes”: seguros, comunidad de propietarios, Impuesto de Bienes Inmuebles…etc.

En Itályca te lo ponemos muy fácil

Ya te hemos contado cómo serán las modificaciones sobre el impuesto de sucesiones, qué impuestos hay que pagar y que gestiones son necesarias si has heredado una propiedad.

Sí, lo sabemos, puede ser una angustia ocuparse de todo esto que en ocasiones va aparejado a recuerdos y emociones.

En Itályca te lo ponemos muy fácil. Nos ocuparemos de todas las gestiones. Ahorrarás energía, tiempo y dinero. Podemos encargarnos de todo el proceso de herencia de la propiedad, así como su posterior comercialización.

En nuestra web, tienes disponible también y sin compromiso, todo tipo de herramientas de cálculo que te ayudarán a tasar la propiedad, a valorar los gastos que conlleva la venta

Acude a nosotros con confianza. Te ayudaremos.

Somos expertos. Tenlo en cuenta: Nuestra guía es la honestidad y la calidad en el servicio.

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